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APROBADA LA PRÓRROGA DE LOS ERTE HASTA EL 31 DE ENERO DE 2021

APROBADA LA PRÓRROGA DE LOS ERTE HASTA EL 31 DE ENERO DE 2021

QUÉ: Referencias del Consejo de Ministros.

QUIÉN: El Consejo de Ministros, como órgano colegiado del Gobierno, compuesto por el presidente, el conjunto de los ministros y los vicepresidentes.

CUÁNDO: El martes 29 de septiembre de 2020.

DÓNDE: En el XXXXIX Consejo de Ministros de la XIV legislatura.

POR QUÉ: El Consejo de Ministros celebrado en el día de hoy se ha centrado en la aprobación de la prórroga de los ERTE por fuerza mayor hasta el 31 de enero.

MEDIDAS ECONOMÍA:

  • Extender las ayudas a autónomos hasta el 31 de enero de 2021.
  • Se prorroga:
  • La prestación ordinaria por cese compatible con la actividad para trabajadores con fuerte caída en la facturación.
  • Las ayudas para autónomos de temporada.
  • Se crea una nueva prestación extraordinaria por suspensión de la actividad.
  • Cuantía: 50% de la base mínima de cotización. Un 20% más si el autónomo es miembro de familia numerosa.
  • Exoneración de cuotas a la Seguridad Social y el periodo cuenta como cotizado.
  • Todas las prestaciones para autónomos comenzarán a devengarse con efectos de 1 de octubre de 2020.
  • Tendrán una duración máxima de 4 meses, siempre que la solicitud se presente dentro de los primeros 15 días naturales de octubre.

MEDIDAS TRABAJO:

  • Aprobar la prórroga de los ERTE asociados al COVID-19 hasta el próximo 31 de enero de 2021.
  • Es el sexto acuerdo logrado por el Gobierno, patronal y sindicatos en el marco del Diálogo Social.
  • El texto, que garantiza la protección a personas trabajadoras y a las empresas, plantea dos tipos de ERTE, que cubren tanto la suspensión de la actividad como su limitación, ya sea por medidas de contención sanitaria o por decisiones de autoridades.
  • Preservar el empleo es el objetivo fundamental de los ERTE. Por esta razón permanece, en el nuevo acuerdo, el compromiso de mantenimiento del empleo, durante al menos seis meses, y la prohibición del despido por causas relacionadas con la COVID-19.
  • La situación excepcional del ERTE no afecta a la prestación por desempleo acumulada por las personas trabajadoras, el llamado ‘contador a cero’. Se prorrogan así las medidas de protección por desempleo que ya estaban vigentes.
  • El acuerdo alcanzado no permitirá que el porcentaje sobre la base reguladora para calcular el desempleo descienda al 50% transcurridos 180 días de la prestación. Se mantendrá el 70%, evitando la merma de ingresos que conlleva ese recorte porcentual.
  • Los fijos discontinuos contarán con una prestación que cubrirá los trabajos periódicos, en fechas ciertas, hasta el 31 de enero, y se establecen compensaciones para personas con prestación extraordinaria por desempleo en relaciones laborales a tiempo parcial.
  • Las personas trabajadoras protegidas por un ERTE serán también un colectivo prioritario para el acceso a las iniciativas de formación para el empleo. El acuerdo incluye la programación de acciones y medidas específicas para este colectivo.
  • Aprobar un Real Decreto Ley de medidas urgentes para el Teletrabajo en las Administraciones Públicas y que serán aplicables a personal funcionario y laboral, que podrá acogerse de forma voluntaria y reversible.
  • Las Administraciones Públicas tendrán un plazo de 6 meses para incorporar estas pautas.

MEDIDAS SANIDAD:

  • Aprobar un Real Decreto Ley que permite a las Comunidades Autónomas y al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria la contratación excepcional de profesionales sanitarios para hacer frente al COVID-19.
  • Casi 10.000 profesionales facultativos podrían ser contratados gracias a esta nueva normativa.

MEDIDAS SOCIALES:

  • Extender las medidas de especial protección del derecho a la vivienda ante los efectos ocasionados por la pandemia para familias vulnerables.
  • Se prorrogarán hasta el 31 de enero de 2021 aquellas medidas cuya vigencia expiraba este mes.
  • Se mantiene la suspensión de todos los lanzamientos y procedimientos judiciales de desahucio.
  • El objetivo es que ninguna persona o familia se quede sin hogar en medio de la crisis ocasionada por la pandemia del COVID-19.
  • Se amplía la moratoria o aplazamiento del pago del alquiler de viviendas gestionadas por grandes tenedores y por empresas o entidades públicas.
  • Se mantiene la renovación automática, y en idénticas condiciones, de los contratos de alquiler que venzan durante todo el periodo.
  • Aprobar un nuevo supuesto para que puedan disfrutar del bono social eléctrico:
  • Personas en desempleo, ERTE, jornada reducida, o con algún miembro de la familia en esas circunstancias.
  • Empresarios que hayan visto reducidos un 75 % sus ingresos.

MEDIDAS EDUCACIÓN:

  • Aprobar un Real Decreto Ley de medidas educativas ante la situación derivada de la pandemia.
  • Contratación de profesorado de refuerzo: Las administraciones educativas podrán nombrar funcionarios interinos, para plazas adicionales derivadas de las medidas motivadas por el COVID-19, que no estén en posesión del máster que acredita la formación didáctica.
  • Flexibilización de programaciones didácticas: Se suprimen las evaluaciones de final de etapa de primaria y secundaria que tenían carácter muestral y un fin diagnóstico. Además, serán días lectivos aquellos en los que se preste atención y apoyo educativo, presencial o a distancia.
  • Adaptación de criterios de evaluación, promoción y titulación: Las administraciones educativas podrán autorizar la modificación de esos criterios en cada curso y materia en Primaria, Secundaria y Bachillerato cuando las condiciones no permitan su cumplimiento exhaustivo.
  • Adaptación de prácticas de FP: El RDL de medidas educativas también contempla la reducción excepcional de la duración de los módulos de formación en centros de trabajo al mínimo de horas contempladas en la ley.

Los trabajadores recibirán el 70% del salario. Además, seguirán prohibidos los despidos y las horas extraordinarias